¿Qué es Justicia? «Justicia» dice James Madison «es la finalidad del Gobierno y es la finalidad de la sociedad civil». Esta definición me satisface. Mi contención o tesis es que la Justicia y la llamada «Justicia Social» están en pugna y que pretender fomentar la última es contrarrestar la primera.
La Justicia como la Honradez debe ser la meta de nuestra conducta con los demás. Cierto que también podemos ser injustos o deshonestos con nosotros mismos, pero eso es otro cantar. La que ahora nos ocupa es un problema social que cubre las relaciones entre usted y yo y otros individuos. No son los grupos o clases, sino los individuos los que están sujetos a la justicia o injusticia, a la honradez o deshonestidad, a la armonía o desarmonía. Sabemos que la Sociedad está compuesta por personas como usted y yo, pero en adición a eso, no tenemos ni remota idea de lo que es la sociedad. La Justicia no cabe aplicarse a todos en general, sólo a cada uno en lo particular.
Lo que hemos dado en llamar sociedad civil consiste de una cantidad diversa y variante de individuos, cada uno de por sí, un mundo, y que viven contemporáneamente. Cada uno puede alcanzar el máximo de sus potencialidades sólo en tanto prevalezca la justicia en sus relaciones personales, o sea la ausencia de injusticia. Comprendida en esta forma, la justicia es en realidad la finalidad de la sociedad civil.
El Gobierno en su concepción ideal, no puede tener ninguna otra finalidad que una justicia común, porque esa es la finalidad de la sociedad civil, de la cual el gobierno es sólo el instrumento o el agente. A la diosa Justicia se le representa con los ojos vendados, precisamente porque si atisba, o mira a hurtadillas, trampea. Lo que le concierne no es quién es la persona, sino qué fue lo que hizo o de qué se le acusa. Tal es el significado de lo que se dice ser: «Un gobierno de leyes, no de hombres».
Hemos de admitir que la igualdad de oportunidades, sin favores ni privilegios especiales para nadie, es un ideal u objetivo un tanto lejos de realización y al que apenas podemos aspirar. Sin embargo, no podemos siquiera pretender aproximarnos a dicho ideal, si no comprendemos claramente lo que es la justicia y cómo puede alcanzarse. Algunas verdades o realidades pueden contribuir a aclarar nuestras ideas acerca de la justicia.
«No hagas a otros, lo que no quieras que hagan contigo» es una máxima venerable que puede servirnos de guía de la forma en que cada individuo debe comportarse hacia los demás. La práctica de la mutualidad y reciprocidad es quizás la forma más acertada y por la cual no es dable aproximarnos más al alcance de la justicia.
Podemos también hacer la prueba de lo que es bueno y justo, aplicando el principio de universalidad a las máximas que nos sirven de guía. Por ejemplo, «Tengo derecho moral a la propia vida, a poder adquirir los medios de vida y a la libertad». ¿Es esto justo? Sí, siempre que concedamos el mismo derecho a los demás. ¿Se puede? Entonces es justo. Probemos ahora enunciando la máxima al revés: «¿Me cabe el derecho de quitar la vida, los medios de vida y la libertad a los demás?» ¿Es esto justo?
Lo sería si pudiéramos racionalmente con ceder el derecho de asesinar, robar o esclavizar a los demás. Pero como racionalmente no podemos conceder ese derecho a ninguno, por consiguiente no es ni bueno, ni justo.
La institución de la libertad, correctamente entendida, basta para hacer justicia a cada individuo. John Stuart Mill nos dio la siguiente definición:
«La única libertad que merece el nombre nuestro propio bienestar a nuestra manera, siempre que no intentemos privar a los de más del mismo derecho, o impidamos sus esfuerzos por alcanzarlo».
Mi propia definición si fuera puesta en práctica, asegurarla la justicia universal: «Que no existan restricciones hechas por el hombre que limiten el desenvolvimiento de la energía creadora». Lo cual significa que nadie tendría derecho a inhibir a ningún individuo en ningún sentido, excepto el de impedir cualquier acción destructiva, tales como: el fraude, la violencia, el engaño, el robo, etc.
Las fórmulas expuestas son cuatro maneras de expresar substancialmente la misma idea: «La Justicia en contraposición a la concesión de privilegias es únicamente la ausencia de represión de las aspiraciones creadoras del individuo. Dejad a cada cual que persiga sus propios fines, siempre y cuando no interfiera con la persecución de fines pacíficos por los demás. La Justicia correctamente entendida, es como Alejandro Hamilton la definiera: «El cemento de la sociedad».
Ahora consideraremos lo que es conocido como: «Justicia Social», aunque tanto en teoría como en la práctica, dista mucho de ser Justicia. La Justicia Social refleja la corriente de nuestros tiempos. Es de origen muy antiguo, aunque todavía sirve como bandera para políticos y planificadores que tratan de ganar votos para alcanzar el poder. La Justicia Social sirve únicamente para conquistar el poder, no tiene ninguna base racional y es simplemente una manifestación del complejo de Diosificación que hoy día afecta en gran parte de la humanidad.
En la práctica de la tan recantada Justicia Social, al individuo se le ignora por completo. En cambio a la población y a la economía se le considera globalmente; a los individuos se les clasifica vagamente como: ricos y pobres, y en las votaciones se les toma en cuenta como bloques de finqueros, asalariados, pensionados, minorías oprimidas, víctimas de desastres, personas desalojadas, habitantes de palomares, y muchas otras clases de grupos, en la guerra que se libra contra la pobreza.
Justicia Social es el juego por el cual se «roba al minoritario de Pedro para ayudar al mayoritario de Pablo». Esta forma de comportamiento político busca el beneficio de algunos a costa del sacrificio de otros y en realidad es una forma de lo enunciado por Marx en su fórmula: «de cada cual según su habilidad, a cada cual según su necesidad». No es el hecho de que la Justicia Social siga los lineamientos del pensamiento de Marx, lo que la condena, sino únicamente lo que atrae nuestra censura es el hecho de que la justicia queda burlada. Para apreciar la diferencia, sometamos los principios de la Justicia Social a algunas de las fórmulas usadas con anterioridad.
«La Regla de Oro». Si no estuvieras de acuerdo en aprobar que otros forcivoluntariamente te quitaran lo tuyo para apropiárselo, tampoco puedes pretender que se les quite a ellos para tu propio beneficio. La Justicia Social está en pugna con este principio.
«Universalidad». Si no puedes racionalmente aprobar la práctica del despojo legal por parte de otros como medio de enriquecerse, tampoco puedes aprobarlo como medio de enriquecimiento propio. La Justicia Social resulta totalmente antagónica a este principio.
«La persecución del propio bien, siempre que a los demás no se les prive del mismo derecho». La Justicia Social persigue exactamente el fin opuesto, o sea el de privar a los demás, para beneficio propio.
«Que no existan restricciones hechas por el hombre que impidan el desenvolvimiento de energías creadoras». La Justicia Social busca premiar al indolente, penando y restringiendo a los que han ejercitado su energía creadora.
La llamada Justicia Social es la mayor injusticia del hombre para con el hombre. En vez de cimentar y consolidar a la sociedad, fomenta la codicia del poder y privilegio y es la semilla que germina en la corrupción y caída del hombre.
Finalmente, la Justicia Social en modo alguno se ajusta a la pretensión de sus partidarios, quienes pretenden que es expresión de misericordia y de piedad. Estas virtudes son de carácter estrictamente personal y hallan expresión únicamente en la voluntaria donación de lo que es de uno, nunca en la acción de arrebatar y redistribuir las posesiones de los demás.
Los ciudadanos que actúan motivados por una educación moral y ética, pueden condonar una filosofía tal como la llamada Justicia Social, solamente en caso de no darse cuenta de la terrible injusticia involucrada en la misma.
Traducido por el CEES.
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